Análisis
Al leer y analizar el caso de Nicolás en su intensión de solicitar por medio escrito su evaluación, encontramos que actuó de forma correcta al agotar la primera instancia con su tutor. Al no encontrar respuesta puede ampararse en los siguientes puntos del artículo 7 del capítulo segundo DERECHOS DEL APRENDIZ:
8.- Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.
11.- Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.
12.- Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.